
1.- NUESTRAS SEÑAS DE IDENTIDAD. Indice
El Instituto de Educación Secundaria PRÁXEDES MATEO SAGASTA , fundado en el año 1843, es el Instituto más antiguo de Logroño y ha ido acumulando a lo largo su historia experiencia y calidad en el ámbito educativo. Por sus aulas han pasado profesores y alumnos de gran prestigio, entre los que cabe destacar, por ejemplo, al naturalista Doctor Zubía y al matemático Julio Rey Pastor, así como innumerables riojanos y logroñeses que hacen posible que muchos paisanos consideren al "Sagasta", en Logroño y en La Rioja, como "el Instituto de siempre", el Instituto suyo, de sus abuelos y de sus nietos. Esto supone para todos el gran reto de seguir manteniendo día a día el nivel de prestigio y calidad que nunca ha perdido en sus ya largos 150 años de historia.
Teniendo en cuenta que el Instituto se encuentra en el centro de la ciudad y su variedad de ofertas educativas, la procedencia de los alumnos es muy diversa y actualmente vienen de diez centros distintos, tanto públicos como privados y de distintos pueblos de La Rioja. También es muy variada la situación socioeconómica y cultural de los alumnos, lo que sigue haciendo del "Sagasta" un centro educativo heterogéneo, plural, liberal, acogedor, sin perjuicio de seguir siendo serio, organizado, riguroso e innovador.
Estas señas de identidad del Instituto quedan más concretadas en sus objetivos generales y en su estructura organizativa, así como en los lemas de su anagrama (que tomamos de las más hondas raíces humanísticas): ¡conócete a tí mismo! y ¡atrévete a saber!
2.- OBJETIVOS GENERALES DEL INSTITUTO. Indice
Dentro del marco de la Constitución Española en su artículo 27 y de la LOGSE en sus artículos 1 y 2 nos proponemos los siguientes objetivos:
1.- El pleno desarrollo de la personalidad del alumno.
2.- La formación en el respeto de los derechos y libertades fundamentales y en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad dentro de los principios democráticos de convivencia.
Esto implica que la formación de los alumnos se fundamentará en:
a) la aconfesionalidad, que supone admitir la enseñanza de cualquier confesión religiosa, cuando lo demande un número suficiente de alumnos y se cuente con profesorado adecuado y cultivar el respeto hacia todas las confesiones religiosas y fomentar el conocimiento de todas las culturas religiosas.
b) la pluralidad ideológica, que implica respetar cualquier ideología que no contravenga los derechos inherentes a la persona, recogidos en la Declaración de Derechos Humanos de la O.N.U.,fomentar una convivencia respetuosa entre los miembros de la comunidad educativa y respetar los valores democráticos.
c) el respeto a la diversidad, que conlleva reconocer, valorar y respetar las diferencias derivadas de la raza, sexo, edad, condición intelectual o física y situación socioeconómica.
d) la vocación universalista, que comporta: admitir alumnos de otros centros, comunidades o países, favorecer los intercambios culturales de alumnos y profesores, favorecer los estudios del Bachillerato Internacional y posibilitar la salida al extranjero de alumnos que inician aquí sus estudios.
3.- La adquisición de hábitos intelectuales y técnicas de trabajo, así como de conocimientos científicos, técnicos, humanísticos, históricos y estéticos.
4.- La capacitación para el ejercicio de actividades profesionales, que exigirá que, además de las ofertas educativas actuales, el centro ofrezca próximamente algún Programa de Garantía Social y algún Ciclo Formativo acorde con las posibilidades arquitectónicas del edificio.
5.- La formación en el respeto de la pluralidad lingüística y cultural de España.
Si bien la lengua de aprendizaje será el español o castellano; no obstante, en el Centro, de acuerdo con el respeto a la diversidad y con su vocación universalista se propone:
a) ofrecer apoyo en el aprendizaje del castellano a aquellos alumnos cuya lengua materna sea otra.
b) fomentar, como viene haciendo, el estudio de otros idiomas europeos (francés, inglés, alemán) que favorezcan y faciliten la promoción cultural y personal del alumno, así como su inserción en el mundo laboral.
c) posibilitar la adquisición de otras lenguas diferentes, como el árabe o el chino, a adultos, además del conocimiento de las lenguas clásicas.
6.- La preparación para participar activamente en la vida social y cultural.
7.- La formación para la paz, la cooperación y la solidaridad entre los pueblos.
8.- La educación permanente. A tal efecto, preparará a los alumnos para aprender por sí mismos y facilitará a las personas adultas, que opten por los estudios nocturnos o a distancia su incorporación a las distintas enseñanzas.
9.- La formación personalizada que propicie una educación integral en conocimientos, destrezas y valores morales de los alumnos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar, social y profesional.
10.- La garantía de participación efectiva de todos los sectores afectados en la programación general y la intervención de los profesores, padres y alumnos en el control y gestión del Instituto en los ámbitos que a cada uno le competa.
11.- El fomento del desarrollo de las capacidades creativas y del espíritu crítico.
12.- La atención psicopedagógica y orientación educativa y profesional a través del Departamento de Orientación.
13.- La relación con el entorno social, económico y cultural.
14.- La formación en el respeto y defensa del medio ambiente.
15.- La metodología contextualizada, significativa y activa respetando las peculiaridades de cada área y de cada profesor. Con ello se buscará el desarrollo del espíritu crítico, del sentido de responsabilidad y de la conciencia social del alumno.
16.- Como objetivo final buscamos un tipo de alumno que, tomando conciencia de sí mismo como sujeto activo en el mundo, lúcido y atento a su entorno, consciente de sus propias capacidades y limitaciones impuestas por las circunstancias, pero abierto a las posibilidades de transformación de la realidad como persona libre y responsable y con sentido crítico contribuye a desarrollar en él mismo y en los demás actitudes y hábitos característicos propios de una sociedad democrática y justa.
En resumen, para los que componemos este centro, en palabras de Antonio Machado, "defender y difundir la cultura es una misma cosa: aumentar en el mundo el humano tesoro de la conciencia vigilante".
3.- REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO Indice
A) INTRODUCCIÓN
1) BASE LEGAL.
El Reglamento del I.E.S. PRÁXEDES MATEO SAGASTA se basa en las siguientes disposiciones legales:
- Constitución Española de 1978.
- L.O.D.E. 8/ 1985, de 3 de Julio.
- L.O.G.S.E. 1/1990, de 3 de Octubre
- L.O.P.E.G. 9/1995, de 20 de Noviembre.
- Real Decreto 732/1995, de 5 de Mayo, por el que se establecen los derechos y deberes de los alumnos y las normas de convivencia en los centros.
- Real Decreto 83/1996, de 26 de Enero, por el que se aprueba el Reglamento orgánico de los Institutos de educación secundaria.
- Orden Ministerial, de 28 de agosto de 1995, por la que se regula el procedimiento para garantizar el derecho de los alumnos de E.S.O. y Bachillerato a que su rendimiento escolar sea evaluado conforme a criterios objetivos.
2) ÁMBITO DE APLICACIÓN.
Este R.R.I. será de aplicación exclusiva en el I.E.S. PRÁXEDES MATEO SAGASTA y afectará, por tanto, a todas las personas que en él participan: alumnos, profesores, padres de alumnos o tutores legales y personal de Administración y Servicios.
3) PRINCIPIOS GENERALES.
Este R.R.I. y su correcta aplicación se desarrollarán teniendo siempre presentes las señas de identidad así como los objetivos generales descritos en el primer y segundo apartado del P.E.C.
4) ÓRGANO QUE LO APROBÓ Y FECHA DE APROBACIÓN.
El presente Reglamento de Régimen Interno fue aprobado por el Consejo Escolar del I.E.S. PRÁXEDES MATEO SAGASTA con fecha 22 de Mayo de 1997.
B) ESTRUCTURA DEL CENTRO.
1) ORGANIZACIÓN DEL INSTITUTO
El I.E.S. PRÁXEDES MATEO SAGASTA es un centro educativo de más de 8 unidades en el que se imparten clases en régimen diurno, nocturno y a distancia para adultos.
a) En régimen diurno están implantados los estudios de:
Educación Secundaria Obligatoria: 1º, 2º, 3º y 4º.
Bachilleratos LOGSE: Primer y segundo curso en las modalidades de Bachillerato Científico-Técnico, Bachillerato de Ciencias de la Naturaleza y de la Salud y Bachillerato de Humanidades y Ciencias Sociales.
Bachillerato Internacional.
b) En régimen nocturno: C.O.U. y Primero de Bachillerato LOGSE
c) A distancia: 2º, 3º de B.U.P., C.O.U., 1º Bachillerato LOGSE y E.S.P.A.
Está atendido por una plantilla de 93 profesores y 16 trabajadores de administración y servicios. También cuenta con una Asociación de padres de alumnos.
Cuenta entre sus dependencias, además de las aulas, con tres laboratorios (Física, Química y Ciencias Naturales ), un Aula de Dibujo, un aula de Plástica, un aula de Música, dos Aulas de Medios Informáticos, un Aula de Medios Audiovisuales u el espacio para el Proyecto Mercurio, un Taller de Fotografía, dos Gimnasios, dos patios interiores, un Aula-Taller de Tecnología, una Biblioteca General con más de 21.000 volúmenes, el Museo de Ciencias Naturales del Dr. Zubía, Salas de Visitas y de usos múltiples, un Bar-Comedor, despachos, Departamentos, una Capilla destinada a Aula-materia de Religión y que también se puede utilizar como Sala de Audiovisuales, un Aula Magna con capacidad para 220 alumnos y un Salón de Actos con aforo de 600 butacas. También se tiene la utilización compartida, en horario escolar, del Polideportivo "San Francisco".
La organización de los estudios en Educación Secundaria Obligatoria se ha renovado con la instauración de Aulas-Materia para las distintas asignaturas (Lengua, Ciencias Sociales, Matemáticas, Ciencias Naturales, Idiomas, etc.) dotadas del material adecuado, de tal forma que los alumnos no poseen un aula propia sino que van rotando por las distintas Aulas-Materia y talleres. Para facilitar estos desplazamientos a los alumnos sin necesidad de transportar permanentemente sus pertenencias se han habilitado en los pasillos 210 taquillas para uso personal de los alumnos, donde pueden dejar todo lo que no necesiten y recoger sólo lo necesario para cada clase.
2) ESTRUCTURA ORGANIZATIVA.
Para el logro de los fines y el desarrollo de las actividades señaladas en el presente Reglamento, la estructura organizativa del Centro estará constituida de la siguiente manera:
2.1.- ÓRGANOS COLEGIADOS.
2.1.1.- El Consejo Escolar.
El Consejo Escolar del Instituto es el órgano de participación de los diferentes miembros de la comunidad educativa y estará formado por 21 miembros: cinco de ellos, Director, Secretario y Jefes de Estudio de Diurno, Nocturno y a Distancia, son miembros natos y el resto elegidos por cada uno de los estamentos a los que pertenecen: siete en representación de los profesores, cuatro en representación de los alumnos, tres representantes de los padres de alumnos, un representante del personal de Administración y Servicios y un Concejal nombrado por el Ayuntamiento de Logroño.
El funcionamiento y las competencias del Consejo Escolar estará regido de acuerdo con lo dictado por la LODE y el R.D. 83/1996 de 26 de Enero por el que se aprueba el Reglamento orgánico de los Institutos de educación secundaria.
2.1.2.- El Claustro de Profesores.
El claustro, órgano propio de participación de los profesores en el Instituto, tiene la responsabilidad de planificar, coordinar, decidir e informar sobre todos los aspectos educativos del mismo.
Su régimen de funcionamiento, así como sus competencias serán las contempladas en los artículos 22, 23 y 24 del R.D. 83/1996 de 26 de Enero.
2.2.- ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO.
Los órganos unipersonales de gobierno constituyen el equipo directivo del Instituto y trabajarán de forma coordinada en el desempeño de sus funciones.
En la actualidad el equipo directivo está constituido por el Director, Secretario, Jefe de estudios de diurno, Jefe de estudios de nocturno, Jefe de estudios a distancia, así como dos Jefes de estudios adjuntos, uno para la E.S.O. y otro para el Bachillerato.
El nombramiento y competencias de cada uno de ellos se ajustará a lo contemplado en los artículos 25 al 39 del R.D. 83/1996 de 26 de Enero.
2.3.- ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE.
2.3.1.- Departamento de Orientación.
Actualmente está constituido por un psicólogo y dos profesores de ámbito, uno del área sociolingüística y otro del área científico-técnica.
Sus funciones y competencias serán las contempladas en los artículos 42 al 44 del R.D. 83/1996 de 26 de Enero.
2.3.2.- Departamento de Actividades Complementarias y Extraescolares.
El Departamento de Actividades Complementarias y Extraescolares se encarga de promover, organizar y facilitar este tipo de actividades.
La designación y funciones del jefe de este Departamento se ajustará a lo contemplado en los artículos 46 y 47 del R.D.83/1996 de 26 de Enero.
2.3.3.- Departamentos didácticos.
Los Departamentos didácticos son los órganos básicos encargados de organizar y desarrollar las enseñanzas propias de las áreas, materias o módulos que tengan asignados, y las actividades que se les encomienden dentro del ámbito de sus competencias.
La composición y competencias de los Departamentos didácticos, así como la designación y competencias de los jefes de los distintos Departamentos serán las contempladas en los artículos 48 al 52 del R.D. 83/1996 de 26 de Enero.
2.3.4.- Comisión de Coordinación Pedagógica.
La Comisión de Coordinación Pedagógica está constituida por el Director, que es su presidente, los Jefes de estudios, los Jefes de los distintos Departamentos y el coordinador del Bachillerato Internacional, además del responsable de la asignatura de Religión y los profesores que imparten Alemán y Economía.
Sus competencias serán las asignadas en el artículo 54 del R.D.83/1996 de 26 de Enero.
2.3.5.- Tutores.
Habrá, como mínimo, un tutor por cada grupo de alumnos, designado por el director, a propuesta del jefe de estudios, entre los profesores que impartan docencia al grupo.
Las funciones del tutor serán las contempladas en el artículo 56 del R.D. 83/1996 de 26 de Enero.
2.3.6.- Junta de Profesores.
La Junta de Profesores de grupo está constituida por todos los profesores que imparten docencia a los alumnos del grupo y será coordinada por el tutor. Sus funciones serán las asignadas en el artículo 58 del R.D. 83/1996 de 26 de Enero.
2.4 .- JUNTA DE DELEGADOS DE ALUMNOS.
En el Instituto existe una Junta de Delegados integrada por representantes de los alumnos de los distintos grupos y por los representantes de los alumnos en el Consejo Escolar.
El régimen de funcionamiento y las funciones de la Junta de Delegados, así como la elección y funciones de los delegados de grupo serán las señaladas en los artículos 74 al 77 del R.D. 83/1996 de 26 de Enero.
2.5.- ASOCIACIONES DE PADRES DE ALUMNOS Y ASOCIACIONES DE ALUMNOS.
En el Instituto podrán existir las asociaciones de padres de alumnos, reguladas en el R.D. 1533/1986 de 11 de Julio y las asociaciones de alumnos reguladas en el R.D. 1532/1986 de 11 de Julio.
Su régimen de funcionamiento se adecuará a lo contemplado en el artículo 78 del R.D.83/1996 de 26 de Enero.
Actualmente hay un A.P.A., acorde con la normativa, que ejerce su labor representativa y participativa en el Centro y en el Consejo Escolar.
C) DERECHOS Y DEBERES DE LOS ALUMNOS.
Se ajustarán a lo contemplado en el Real Decreto 732/1995 de 5 de Mayo, por el que se establecen los derechos y deberes de los alumnos y las normas de convivencia en los centros.
Para garantizar su cumplimiento el Instituto ha determinado concretar en especial las siguientes NORMAS DE CONVIVENCIA.
1) Para garantizar la igualdad de oportunidades contemplada en el punto 2 del artículo 12 se adoptarán las siguientes medidas:
La admisión de alumnos se realizará conforme al Real Decreto 366/1997, de 14 de Marzo, por el que se regula el régimen de elección de Centro Educativo y a la Orden de 26 de Marzo de 1997, por la que se regula el procedimiento para la elección de Centro Educativo y la admisión de alumnos en Centros sostenidos con fondos públicos de Educación Primaria y Educación Secundaria, y lo establecido por el Consejo Escolar, con relación al punto de libre disposición, que acordó recayera en alumnos procedentes de Centros Públicos de la ciudad y en hijos de personas que trabajan en el Centro.
Se llevarán a cabo programas de diversificación para alumnos con necesidades educativas especiales, así como adaptaciones curriculares elaboradas por cada Departamento. También se impartirán clases de recuperación en régimen vespertino para aquellos alumnos que tengan alguna asignatura suspendida de cursos anteriores.
2) Para garantizar el derecho de los alumnos a que su rendimiento escolar sea evaluado con plena objetividad se seguirá lo señalado en la orden de 28 de Agosto de 1995 y que está recogido en los Proyectos Curriculares tanto de la E. S. O. como de Bachillerato. Las posibles reclamaciones, siguiendo la citada orden seguirán los siguientes pasos:
El Instituto dará a conocer a través del tablón de anuncios, los objetivos, contenidos y criterios de evaluación mínimos exigibles para obtener una valoración positiva en las distintas áreas y materias.
Los profesores facilitarán a los alumnos o a sus padres o tutores los instrumentos de evaluación utilizados para realizar las valoraciones del proceso de aprendizaje (exámenes, registros de observación sistemática, etc.).
Si hay desacuerdo con la calificación final obtenida en una materia o con la decisión de promoción o titulación adoptada para un alumno, éste o sus padres o tutores podrán solicitar por escrito la revisión de dicha calificación o decisión, en el plazo de dos días lectivos a partir de aquel en que se produjo su comunicación.
La solicitud de revisión será tramitada a través del Jefe de Estudios, quien lo trasladará al Jefe del Departamento didáctico responsable del área o materia y comunicará tal circunstancia al Profesor tutor. Si el objeto de la revisión es la decisión de promoción o titulación, el Jefe de Estudios lo trasladará al Profesor tutor del alumno.
En el primer día lectivo siguiente a aquel en que finalice el período de solicitud de revisión, cada Departamento didáctico procederá al estudio de las solicitudes de revisión y elaborará los correspondientes informes. El Jefe del Departamento correspondiente trasladará el informe elaborado al Jefe de Estudios, quien comunicará por escrito al alumno y a sus padres o tutores la decisión razonada de ratificación o modificación de la calificación revisada. Entregará, a su vez, una copia al Profesor tutor.
En la Educación Secundaria Obligatoria el Jefe de Estudios y el Profesor tutor considerarán la procedencia de reunir en sesión extraordinaria a la Junta de Evaluación, a fin de que ésta, en función de los nuevos datos aportados, valore la necesidad de revisar los acuerdos y las decisiones adoptadas para dicho alumno.
En el caso de que, tras el proceso de revisión en el centro, persista el desacuerdo, el interesado, o sus padres o tutores, podrán solicitar por escrito al Director del centro docente, en el plazo de dos días a partir de la última comunicación del centro, que eleve la reclamación a la Dirección Provincial del M.E.C., la cual se tramitará por lo dispuesto en la ley.
3) Para garantizar el derecho de los alumnos a que su actividad académica se desarrolle en las debidas condiciones de seguridad e higiene:
Se exigirá a todos los miembros de la comunidad educativa el estricto cumplimiento del Real Decreto 709/82 publicado en el B.O.E. DE 15 DE Abril de 1982 sobre prohibición de fumar en establecimientos públicos.
Existe un plan de emergencia y, de acuerdo con él, se realizará anualmente un simulacro de evacuación del Instituto.
4) El horario autorizado para que los alumnos ejerzan libremente su derecho de reunión dentro del propio horario escolar será el siguiente:
Las asambleas de grupo se realizarán en la hora de Tutoría.
Las reuniones de delegados, así como las asambleas generales de alumnos se realizarán en la hora del recreo.
Fuera del horario escolar los alumnos podrán ejercer su derecho de reunión a cualquier hora que el Centro permanezca abierto, comunicándolo previamente al Jefe de Estudios o al Director.
5) Tanto los profesores como los alumnos asistirán a clase con puntualidad.
Cuando un profesor se retrase o no pueda asistir a la clase lo notificará lo antes posible y deberá justificarlo en Jefatura de Estudios.
Cuando se retrase un alumno deberá justificar el retraso ante el Jefe de Estudios, quien le autorizará a incorporarse a la clase, si considera el retraso justificado, o le indicará que permanezca estudiando en la Biblioteca hasta el comienzo del siguiente período lectivo.
Si el retraso de un profesor se prolonga más de diez minutos, el profesor de guardia se hará cargo de los alumnos, bien en el propio aula o en la Biblioteca. En ningún caso los alumnos podrán salir del Instituto por ausencia de un profesor.
Las faltas de asistencia a clase de los alumnos serán recogidas por los profesores, que lo comunicarán por escrito a Jefatura de Estudios periódicamente. Si un alumno falta reiteradamente a clase, el tutor o el Jefe de Estudios comunicará la circunstancia a los padres o tutores del alumno, así como a la comisión de convivencia del Consejo Escolar, por si considerara el acto objeto de sanción. A este respecto se considerará una falta leve dos ausencias a clase de una asignatura o cinco acumuladas en distintas asignaturas sin justificar en la E.S.O. y cuatro y diez, respectivamente, para el Bachillerato. Tres faltas leves constituirán una falta grave. La acumulación de dos faltas graves acarreará la pérdida del derecho a la evaluación continua. El alumno, en ese caso, tendrá derecho a ser evaluado mediante un examen global final de cada una de las asignaturas en las que haya perdido el derecho a la evaluación continua.
6) Para respetar el derecho al estudio de los compañeros, el profesor podrá obligar a abandonar la clase a algún alumno que esté interfiriendo la normalidad de la actividad lectiva. El alumno expulsado del aula deberá presentarse al Jefe de Estudios, quien le enviará a la Biblioteca hasta el siguiente período lectivo, tomando nota del incidente para comunicárselo al tutor o, en caso de reincidencia reiterada ponerlo en conocimiento del la comisión de convivencia del Consejo Escolar, para su posible intervención sancionadora.
7) Todos los alumnos tienen derecho a participar en las Actividades Complementarias y Extraescolares organizadas por el Centro, recogidas en la Programación General Anual y/o planificadas a lo largo del curso.
Los alumnos que no muestren el comportamiento adecuado durante la realización de dichas actividades podrán ser excluidos de la participoción en otras actividades similares durante ese curso y sancionados por el Consejo Escolar.
8) Los alumnos deben cuidar y utilizar correctamente los bienes muebles y las instalaciones del centro y respetar las pertenencias de los otros miembros de la comunidad educativa. El arreglo de los desperfectos ocasionados correrá a cargo del alumno o grupo de alumnos que lo hayan causado, sin perjuicio de que, en situaciones que el equipo directivo considere de mayor gravedad, el caso pase a la Comisión de Convivencia del Consejo Escolar para su estudio y, si procede, imponer sanciones de otro rango.
9) Las faltas de respeto a los demás miembros de la comunidad educativa (insultos, amenazas, riñas, provocaciones, alteración de la actividad docente etc.) se considerarán faltas graves que supondrán la pérdida del derecho a asistir a la/s clase/s que la normativa legal autoriza a sancionar a la Dirección, la Comisión de Convivencia y el Consejo Escolar.
10) Todos los miembros de la comunidad educativa deben respetar la libertad de conciencia y las convicciones religiosas y morales, así como la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa.
11) Constituye un deber de toda la comunidad educativa la no discriminación de ningún miembro por razón de nacimiento, raza, sexo o por cualquier otra circunstancia personal o social.
12) Todos los miembros de la comunidad educativa deben respetar y colaborar en el cumplimiento del Proyecto Educativo del Centro.
D) COLABORACIÓN ENTRE LOS DISTINTOS SECTORES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA.
La colaboración entre los distintos sectores de la comunidad educativa se realiza de forma ordinaria a través del Consejo Escolar y las distintas comisiones que funcionan en su seno.
No obstante los distintos sectores podrán realizar reuniones entre sí siempre que lo consideren oportuno para coordinar actividades en las que no consideren imprescindible la presencia del resto de los sectores (APA-Equipo directivo, Junta de delegados-Jefe de Estudios, etc.)
E) COORDINACIÓN CON LOS SERVICIOS SOCIALES Y EDUCATIVOS DEL MUNICIPIO Y RELACIONES CON INSTITUCIONES PÚBLICAS Y PRIVADAS.
La coordinación con los servicios sociales y educativos del municipio se realizará desde el Departamento de Orientación con la colaboración, en su caso, del Equipo Directivo.
Las relaciones con las instituciones se realizarán por el Equipo Directivo con carácter general y por cualquiera de los Jefes de Departamento cuando se trate de alguna actividad planificada desde dicho Departamento.
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